La CGR ha emitido un “dictamen” por el cual atiende una presentación por intervencionismo electoral en contra de algunos ministros. Más abajo esta su texto.
Diversas son las razones que permiten calificar a este dictamen como poco feliz:
En primer lugar la técnica usada para resolver este asunto es de las más conocidas a la hora en que un órgano o tribunal se pronuncia sobre su propia competencia. Lo que hacen normalmente estos entes es afirmar su competencia pero rechazar al mismo tiempo la petición en la que se les solicita el ejercicio de aquella competencia. Así se deja establecido “quien es el que manda” pero no se provocan perjuicios en la ocasión y se garantiza cierto nivel de inmovilismo y tranquilidad con ella pues esta no genera perjudicados inmediatos. Muchos Tribunales Constitucionales han ocupado este tipo de sentencias. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha sido un verdadero experto en este tipo de decisiones. En efecto, sus competencias (y con ello su poder) se ha gestado a punta de fallos denegatorios de su propia intervención.
En segundo lugar, la utilización de un principio como el de probidad para resolver este asunto es a todas luces excesiva. Ya sabemos que nada mejor que cuando no hay ninguna norma legal que sustente una respuesta en el sentido que queremos, que echar mano a un principio por ahí rondando y hacerle decir lo que sus gestores ni siquiera imaginaron que se podía decir.
En un comienzo y en un intento por presagiar el resultado de este dictamen se pensaba que el gran problema que debía solucionarse era la categoría de funcionario público o no de los Ministros de Estado. A final, la CGR indica que esto no importa porque la probidad es la que le impide a estos (sean o no funcionarios) el realizar una serie de actos que ella estima como contrarios a la probidad. Así las cosas, “realizar actividades de carácter político” es una acción poco proba para la Contraloría. Como puede verse, bajo el manto de un principio se omiten las razones de la decisión. En verdad, la gran pregunta que se debe resolver es por qué son condenables (o poco probas) la realización de actividades políticas. Mientras no se justifique esto, la apelación a un principio vago como justificación única de la competencia que alega tener la CGR hace que su decisión sea deficientemente razonada y poco convincente.
Por otra parte si se miran los actos que se juzgan como contrarios a la probidad puede verse que se ha hecho una generalización excesiva de estos supuestos. Puede entenderse que se prohíba “asociar la actividad del organismo respectivo con determinada candidatura, tendencia o partido político, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto, y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias o partidos políticos”, pues en todos estos casos hasta es posible la configuración de tipos penales específicos, salvo en el último que es necesario matizar. Pero meter en el mismo saco el “realizar actividades de carácter político” “hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas, participar en reuniones o proclamaciones para tales fines” es un exceso evidente pues en todas ellas no hay sino manifestaciones de política ordinaria las cuales, por lo demás, no pueden ser condenadas respecto de ningún ciudadano.
Sólo es posible entender este dictamen dentro de una tendencia más o menos general de minusvalorar y reprochar la actividad política la cual es percibida como un ejercicio nefasto o deplorable. Hacer política, parece sostenerse, es similar a cometer fraudes. De ahí que en este caso hacer política se asocie a la garantía de probidad la cual desde sus inicios ha estado vinculada a la lucha contra la corrupción. Esta percepción de la actividad política por la sociedad civil tiene diversas explicaciones históricas. Pero cuando ella penetra en los órganos que están insertos en la estructura política la cosa se ve mucho más fea.
Si nos creemos en serio la manera en como nos hemos organizado socialmente, hacer “propaganda política” no es otra cosa que proponer un programa acerca de cómo debe realizarse la justicia en nuestro medio, que intereses deben privilegiarse o que forma puede crearse para vivir mejor. Nada de esto debiese estar ausente de ningún debate, ni de ninguna declaración.
Por otra parte, además de asociar política a corrupción, una opinión como la formulada minusvalora al votante al que se le cree inepto y respecto del cual se cree que basta que un ministro diga que su candidato es tal o cual para que éste lo acepte. Sobre esto ya hay mucho escrito e incluso visto que en muchas ocasiones estar en el gobierno no es precisamente un plus para aquél que busca votos. En estos momentos, que por lo demás bien sabemos se repiten cada ciertos años, es la opción por el “cambio” la que goza de mejor posición.
Finalmente, una opinión como la manifestada en el referido dictamen atenta contra la democracia. Si a aquellos que previamente triunfaron en las urnas se les extrae sus principales personeros del debate político cotidiano, lo cuales a la sazón ocupan cargos en la Administración, se genera una fuerte alteración en la igualdad de discursos que debe presidir la adopción de una decisión con perspectivas de ser calificada como democrática. Si los mejores políticos (se supone que a los ministerios llegan los mejores) ya no pueden hacer política, no estamos contribuyendo en construir un mejor dialogo y debate político.
Así las cosas, no puede – y en eso estaremos todos de acuerdo – en caso alguno permitirse el desviar fondos públicos para campañas políticas o el coaccionar a funcionarios para que voten por tal o cual candidato. Pero pretender que aquellos cuyo programa político ha triunfado en las urnas deban abstraerse de seguir insistiendo en las bondades de sus opciones y programas políticos es desvirtuar y destruir nuestra ya feble política. Fingir que la Presidenta o los Ministros no pueden adscribir y promocionar un especial diseño de lo que un grupo humano considera como un programa justo es totalmente desproporcionado.
Pero ¿no será desigual que mientras unos hacen campaña desde el podio de los servicios públicos otros en cambio lo hagan desde la oposición? Desde luego no en nuestro país donde bien sabemos en que manos están los medios de publicidad masiva. Pero incluso tampoco de manera ideal. La manera que tiene la oposición de igualar el poder de comunicación de aquellos que previamente ganaron es precisamente ser “la oposición”.
Weekend Roundup
Hace 3 horas
3 comentarios:
Contraloría sigue aquí, literalmente incluso, el criterio contenido en la circular (citada por el dictamen) N°48.097 de 1° de septiembre de 2009. Ahí se hace sinónimos “probidad” y no ejecutar actividades políticas y demases “en el desempeño de la función pública que ejercen”. La fórmula presenta alguna sutileza que permitiría adaptarse con flexibilidad en diversos casos.
De hecho, en la misma circular mencionada se prevé que a los funcionarios públicos sujetos a jornada de trabajo “les está vedado disponer de ese tiempo para actividad política, la que pueden ejercer lícitamente fuera de la jornada”.
Es claro entonces, como dices, que la probidad no impide ejercer actividades políticas; el rigor de este dictamen N° 73.049 no se condice con esa flexibilidad.
Contraloría desperdició aquí una valiosa ocasión para precisar mejor las exigencias del principio de probidad en relación a las actividades políticas. Sobre todo cuando una de las alegaciones principales de los ministros consistía en no revestir la calidad de funcionarios públicos, era indispensable determinar el espacio temporal en el cual pueden actuar como ciudadanos conscientes de sus convicciones políticas. En vez de entender que estos agentes, “autoridades de gobierno” y no “funcionarios públicos”, no tienen ni un respiro en la devoción a su cargo (porque estarían el 100% de su tiempo en una jornada interminable), parecería más realista identificar una regla suficientemente flexible que compatibilice su posición administrativa y su rol de formadores de la opinión pública.
Además que Mendoza trasluce acá toda su fobia a la política.
Si los Ministros de Estado no hacen política, entonces ¿qué hacen? ¿en qué le colaboran al PR? ¿su tarea es idéntica a la del que timbra documentos?
¿Acaso, si no, el más político de los dictámenes de Contraloría?
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