tag:blogger.com,1999:blog-5371409642866488716.post2935556853659312189..comments2022-11-21T09:47:57.517-03:00Comments on De Cive: Pagando y pagando. Crédito fiscal y debido procesoRaul Letelierhttp://www.blogger.com/profile/10212007228437683591noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-5371409642866488716.post-82117862587249929002008-09-01T10:11:00.000-04:002008-09-01T10:11:00.000-04:00Gracias, Raúl, por tu agudo sentido de la actualid...Gracias, Raúl, por tu agudo sentido de la actualidad. Es bien interesante el caso que cuentas, más allá del interés directo que pueda tener personalmente yo en él como beneficiario del fondo solidario (y deudor impenitente, por cierto). Aunque no me convenga, hay que decir un par de cosas. Creo que tienes razón. <BR/><BR/>El problema de fondo, que el Tribunal sigue eludiendo porque su doctrina es partisana, es sustancialmente el mismo que planteabas tú mismo el otro día con respecto al <I>solve et repete</I>: el caso de la medida autorizada por esta ley es sin duda la cara más extrema de la presunción de legalidad de los actos administrativos, del <I>privilège du préalable</I>, pero nada más que eso. <BR/><BR/>Lo que está en riesgo con estos fallos es justamente la lógica propia a todo acto unilateral de imposición… que el Tribunal debería reputarse conocer perfectamente, porque su misión ahora en inaplicabilidad es justamente intervenir <I>a posteriori</I>. La salida inteligente al problema no es, entonces, reconocer que no hay recurso disponible contra la decisión de Tesorerías de retener platas, sino habría sido más bien asumir que por principio (llámese general, constitucional, o de cualquier pelaje) siempre se puede recurrir contra las decisiones administrativas. Había una reserva interpretativa al alcance, que el Tribunal podía perfectamente emitir para salvar la constitucionalidad de la regla.<BR/><BR/>Es curioso, pero en otras latitudes el <I>privilège du préalable</I> y el carácter ejecutorio de las decisiones administrativas es considerado “la regla fundamental del derecho público”. Raro que alguien quiera deshacerse <I>a priori</I> de un instrumento tan formidable, que ha caracterizado al poder, diría yo desde siempre.JM Valdiviahttps://www.blogger.com/profile/08393602395145696399noreply@blogger.com